Que son los delitos cibernéticos en Bolivia
Autor: Rigoberto Paredes Ayllón
Delitos Cibernéticos: Más Allá de la Era Digital
Los delitos cibernéticos, también conocidos como delitos informáticos o ciberdelitos, representan la comisión de actos que, aunque mantienen las características fundamentales que definen un delito (siendo antijurídicos y reprochables), poseen una característica esencial: la utilización de elementos informáticos y/o telemáticos para vulnerar los derechos del titular o la víctima.
Según la definición de los autores chilenos Marcelo Huerta y Claudio Líbano, un delito cibernético abarca todas las acciones u omisiones que son típicas, antijurídicas y dolosas. Estos actos pueden ser eventos aislados o parte de una serie de acciones delictivas. Los delitos cibernéticos van dirigidos tanto a personas naturales como jurídicas y se ejecutan mediante el uso de sistemas de tratamiento de la información. Su objetivo principal es causar perjuicio a la víctima a través de la violación de la sana técnica informática. A menudo, estos actos resultan en lesiones a diversos valores jurídicos y, en muchas ocasiones, generan un beneficio ilícito para el autor, ya sea de naturaleza patrimonial o no, y pueden ser cometidos con o sin ánimo de lucro.
En resumen, los delitos cibernéticos son un fenómeno delictivo en constante evolución en la era digital, donde la tecnología se convierte en un arma de doble filo que puede ser utilizada tanto para el bien como para el mal. La comprensión y la lucha contra estos delitos son fundamentales para preservar la seguridad y la integridad en el entorno digital.
¿CUÁNDO SE TIENE A LA INFORMÁTICA COMO INSTRUMENTO EN LA COMISIÓN DE UN DELITO?
Cuando exista uno de los siguientes aspectos:
- Acceso a datos personales y/o utilización de los mismos por personas que no están autorizadas a hacerlo;
- Introducción de programas en otros dispositivos electrónicos para destruir información o datos;
- Manipulación de datos ajenos;
- Utilizar programas de otra persona con el fin de obtener beneficios propios y causar un perjuicio al otro y;
- Ingreso a la privacidad de una persona con fines distintos a los autorizados.
¿QUÉ CLASES DE DELITOS CIBERNÉTICOS EXISTEN?
Es importante mencionar, que los delitos informáticos existirían en muchas formas, llegando a ser los más comunes, los relacionados con la identidad, como ser:
- Phishing. Este tipo de delitos consistiría en engañar a los usuarios de Internet para que den sus datos personales como contraseñas o claves de acceso a cuentas bancarias. Para obtener esta información, se realizan envíos masivos de correos electrónicos, que simulan proceder de entidades de confianza, en el mensaje se pide al usuario que, por “motivos de seguridad” o con el fin de “confirmar su cuenta”, facilite sus datos personales, claves.
- Malware. Consiste en que a través de un software instalado de manera involuntaria se llega a adquirir información personal.
- Hacking. A través de este tipo de delitos se obtiene un acceso ilegal a la computadora de alguien de forma remota.
- Exploit. Programa que aprovecha los fallos de seguridad, defectos o vulnerabilidades de otros programas o sistemas informáticos, con el fin de obtener algún tipo de beneficio o de llevar a cabo una acción concreta.
- Hoax. Es un mensaje de correo electrónico con información engañosa, que pretende avisar de la aparición de nuevos virus, transmitir leyendas urbanas o mensajes solidarios. Este hecho se caracteriza por solicitar al destinatario que reenvíe el mensaje a todos sus contactos, así logran captar las direcciones de correo de usuarios a los que posteriormente se les enviarán mensajes con virus, spam.
- Pharming. Modalidad de estafa online que utiliza la manipulación de los servidores DNS (Domine Name Server) para redireccionar el nombre de un dominio visitado habitualmente por el usuario. A través de esta página web idéntica a la original se buscará obtener datos confidenciales del usuario, como contraseñas, datos bancarios, etc.
En este sentido, podríamos observar que a través de la mayoría de tipos de delitos cibernéticos, los delincuentes tienden a utilizar estos métodos para robar información de tarjetas de crédito y obtener beneficios económicos. Por otra parte, es importante mencionar que también se producirían delitos relacionados con derechos de propiedad intelectual, pornografía infantil y material de abuso.
El delito cibernético es un tema que ha ido creciendo con el avance de la tecnología. Por ejemplo, las herramientas de software que permiten al usuario localizar puertos abiertos o anular la protección de contraseña se pueden comprar fácilmente en línea. Sin embargo, lastimosamente existiría una dificultad para poder encontrar a los responsables, ya que este avance en la tecnología, muchas veces llega a ofrecer un anonimato, siendo difícil poder identificar y localizar a los autores. Uno de los datos señalados por el Estudio Exhaustivo Sobre el Delito Cibernético por parte de la ONU señala que más de tres cuartas partes de la delincuencia cibernética estarían hoy vinculadas a la actividad de la delincuencia organizada.
¿EXISTE LEGISLACIÓN RELACIONADA A DELITOS INFORMÁTICOS EN BOLIVIA?
Si, en Bolivia, actualmente contamos con la Ley N.º 164 de Telecomunicaciones, a través de la misma, se llega a regular la comunicación de datos, el comercio electrónico, la firma digital, entre otros. Por otro lado, nuestro Código Penal tipifica de manera específica los delitos de manipulación informática (Art. 363), acceso y uso indebido de datos informáticos (Art. 363), Acoso cibernético (Código Niño, Niña y Adolescente). Sin embargo, podríamos observar que aún existen bastantes delitos cibernéticos que no se encuentran regulados o tipificados en nuestra legislación, a la fecha existen proyectos de ley que tratan de actualizar estos delitos y para los ya existentes proponer sanciones más duras. Por otro lado, lastimosamente en Bolivia, estos delitos mayormente no llegan a ser denunciados y mucho menos llegan a estados judiciales. En otros casos, los casos que llegarían a un juicio serían desestimados por no existir pruebas suficientes y no poder dar con los autores, ya que existiría un anonimato. Otro de los problemas más importantes ante estos delitos, es que en muchas ocasiones los autores utilizarían servidores de otros países, existiendo acá una imposibilidad en cuanto a la jurisdicción.
Por otro lado, existiría un proyecto de Ley relacionado con el uso indebido de las redes sociales, el mismo llegaría a tipificar dos nuevos delitos, como ser: el delito de falsificación de datos y el delito de tráfico de datos.
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